Como respuesta
de la Coordinación “Haz tu Voto Volar” a la Sra. Isabel Allende,
Presidenta del Senado de la República de Chile.
Partiremos
haciendo una afirmación que puede resultar incómoda para la
coalición política chilena denominada Nueva Mayoría: se equivocan
los parlamentarios y el Ejecutivo al pretender que el establecimiento
en la Constitución del voto chileno en el extranjero, de la manera
en que lo están haciendo, se trata de un avance hacia la
consagración de la democracia. Es incómoda la afirmación porque a
pocas semanas de la primera cuenta pública de la presidenta Michelle
Bachelet, está la necesidad imperiosa de realizar anuncios
históricos, en este próximo 21 de mayo. Y aprobar una reforma
constitucional que eventualmente habilita por primera vez en la
historia de Chile el voto de nuestros compatriotas en el exterior,
constituye un apetitoso acto declarativo.
Pero,
la incomodidad ocurre también cuando algo que no se quiere que sea
visibilizado o debatido, es puesto sobre la mesa para escrutinio de
la opinión pública y ciudadana. Y eso invisibilizado, eso que no se
quiere decir para no aguar la fiesta, es lo siguiente: La reforma
constitucional que promueve el gobierno de la Presidenta Bachelet, no
sólo no es un avance, sino que constituye inclusive un retroceso, en
términos de los derechos políticos y ciudadanos ¿Por qué
señalamos esto? Porque si la Constitución vigente ya reconoce de
manera amplia el derecho a sufragio para todas las elecciones, sin
importar si se reside en Chile o en el extranjero, la reforma
constitucional que promueve el Gobierno reduce -en el mismo texto
constitucional- el derecho a sufragio desde el exterior a sólo las
elecciones presidenciales, incluyendo plebiscitos y primarias
nacionales.
Y esto
resulta paradójico. Si la Constitución vigente creada en una
dictadura militar, en un contexto antidemocrático, cuya legitimidad
se encuentra seriamente cuestionada, establece de manera universal el
derecho a voto ¿por qué la coalición oficialista, que
sistemáticamente declara tener convicciones democráticas, reduce en
la misma Constitución los derechos políticos y ciudadanos? O dicho
esto en términos de trámite legislativo ¿por qué pudiendo
establecer en una Ley Orgánica Constitucional el tipo de elección y
la regulación del derecho a sufragio desde el exterior, decidió
dirigirse a la misma Constitución para generar deliberadamente ahí
una situación de exclusión política? No se trata de que el
Gobierno ignore esta lectura. Diferentes grupos de chilenas y
chilenos organizados en el extranjero han señalado en detalle al
Gobierno y a los actuales parlamentarios, sobre el problema de este
proyecto de reforma Constitucional. Sin embargo, el Ejecutivo ha
presentado esta operación legislativa como indeclinable.
En una
columna del 12
de abril de 2014 publicada por el diario
electrónico El Mostrador, la actual Presidenta del Senado, Sra.
Isabel Allende, se refiere a este proyecto de reforma constitucional
(Boletín
N° 9069-07) sobre el voto chileno en el
extranjero, el cual se encuentra ad portas de ser votado por
la Cámara de Diputados con indicaciones en sala esta semana y que,
de ser aprobado, volverá al Senado para someterlo a nueva votación.
La Senadora Allende (co-autora del proyecto) señala que el voto de
los chilenos en el extranjero es un derecho fundamental que amplía
la democracia, afirmación de la cual no podemos estar más que de
acuerdo. Sin embargo, dice que esta iniciativa otorgará el derecho a
voto desde el exterior, afirmación que es incorrecta. Lo que no dice
la Senadora es que nuestra Constitución Política de la República
ya reconoce de manera amplia el derecho a sufragio a quienes cumplan
con los requisitos para ser ciudadano, los cuales no tienen nada que
ver con la residencia o no en el extranjero. Tampoco dice que una
reforma constitucional no es necesaria para garantizar el ejercicio
del derecho a voto desde el exterior. Como no se trata de establecer
un derecho, porque ya está consagrado, sino que de “acercar la
urna” al ciudadano que está en el extranjero, lo que procedía era
debatir y trabajar por la aplicabilidad del derecho y no reducir su
definición. Tal como lo hemos manifestado desde un principio, para
lograr un mayor fortalecimiento de la democracia bastaría con una
Ley Orgánica Constitucional –y/o reforma a la actual Ley N°18.700-
que regule un sistema de voto desde el extranjero; la manera de
ejercerlo; los tipos de elecciones en los cuales se podrá
participar; y en caso de consagrar el voto en parlamentarias, zanjar
de qué manera los chilenos en el exterior puedan tener un
representante propio en ambas cámaras (por ejemplo, establecer una
circunscripción y distrito exterior).
Es
este debate el que debe darse en torno al objetivo de ampliar nuestra
democracia. Lamentablemente, el actual texto en discusión, busca
reformar la Constitución y zanjar desde ya el tipo de votación
-solo presidenciales, plebiscitos y primarias nacionales, excluyendo las
parlamentarias- en que los chilenos en el extranjero podrán votar.
Ello es lamentable por varias razones: i) La actual Constitución no
distingue el tipo de elección, razón por la cual esta reforma, al
incluir expresamente ciertas elecciones y excluir otras, traería una
limitación y un retroceso en cuanto al derecho a voto y establecería
la exclusión política en el mismo texto constitucional; ii) el
actual proyecto –de aprobarse- revela la inconsecuencia de muchos
parlamentarios que, en su momento, votaron a favor de proyectos de
ley que buscaban consagrar, entre otros, la posibilidad de votar en
el extranjero por representantes en el parlamento (Boletín
N° 3936-06). Muchos de estos legisladores, que
en aquel entonces eran diputados, lo siguen siendo en la actualidad o
son senadores en ejercicio; y iii) El actual proyecto de reforma
contrariaría diversos Tratados Internacionales, Convenciones y
Pactos, ratificados por Chile, actualmente vigentes, entre los que
podemos señalar: Convención Americana de Derechos Humanos (art. 23
y 24); Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 25
y 26); Convención Internacional sobre la protección de los derechos
de los trabajadores migratorios y sus familias (art. 41), entre
otros.
Lo
anterior es posible de ser enmendado. El diputado Giorgio Jackson
presentó una indicación,
la cual fue rechazada en la Comisión al ser aprobada la indicación
del Ejecutivo, aunque podría ser “repuesta” esta semana en Sala.
La indicación del diputado Jackson, siguiendo con el espíritu del
proyecto original, busca llevar la discusión del tipo de elección a
una Ley Orgánica Constitucional –que es lo que corresponde en
derecho- y evitar que en la misma Constitución se limite el
ejercicio del derecho a voto de los chilenos en el extranjero a
cierto tipo de elección, limitación que ha pactado la Nueva Mayoría
con la Oposición.
La
cuestión acá no es avanzar dos pasos y retroceder tres. Chile y sus
ciudadanos (todos independientemente de donde se encuentren) exigen
un estándar mucho más alto en el camino de concreción de un real
Estado Constitucional y Democrático de Derecho. Hacer lo contrario,
sólo nos mantiene con una Constitución –en palabras de Karl
Loewenstein- como un traje que nos queda grande, o en algunos casos,
como un mero disfraz, pero en ningún caso como debe ser: La
Constitución como un traje hecho a la medida.
Ya no
se puede culpar ahora a la derecha, quienes – confundiendo el
análisis sobre los derechos con el análisis sobre su aplicabilidad-
insisten en imponer un vínculo censitario y antidemocrático al
derecho a sufragio desde el exterior. Tampoco puede la Nueva Mayoría
aludir a las matemáticas, a la dificultad de constituir los quorums
requeridos, para justificar la presentación y aprobación de una
reforma constitucional que genera exclusión política. La Nueva
Mayoría podría contar con los votos necesarios en el Parlamento
para alcanzar una situación de sufragio universal. Sin embargo, el
Gobierno se ha empeñado en eludir la discusión de fondo sobre qué
tipo de democracia queremos y sobre cómo participarán en ella las
chilenas y chilenos en el exterior. La Senadora Isabel Allende, el
Gobierno de Michelle Bachelet y la Nueva Mayoría saben que en estas
lides influye mucho el diseño comunicacional con que se presente una
operación político-legislativa. Decir que las chilenas y chilenos
en el exterior podrán votar desde el extranjero en las próximas
elecciones presidenciales, es un anuncio realmente sobrecogedor.
Nadie puede objetar el impacto de un anuncio de esa índole.
Lo que
no dirá el anuncio, en caso de ser aprobada la reforma que promueve
el Ejecutivo, es que se establecerá la exclusión política en misma
Carta Fundamental. Al establecer que las chilenas y chilenos en el
exterior no podrán tener representación en el Parlamento, se
supeditan el derecho y la democracia a los intereses particulares de
los que disputan por alcanzar o mantener el poder. Los mismos
legisladores de la Nueva Mayoría, junto a algunos parlamentarios de
la Oposición, desean establecer que sus compatriotas en el exterior
no podrán elegir a alguien que los represente en el mismo Parlamento en que ellos operan y dónde deciden los destinos de
nuestro país. Buen negocio para los parlamentarios; mal negocio para
la democracia. Y maquillar de mala manera mediante una reforma
constitucional una operación de exclusión política, sólo servirá
para una bonita foto para el discurso del 21 de mayo de la
Presidenta. Pero será de aquellas fotos que, pasada la fiesta, luego
de los brindis y de la borrachera, ya con la resaca, avergonzarán
una vez más por su pequeñez política y por la deslucida imagen de
los gestores celebrando el triunfo de la exclusión ciudadana.
Autores: Gustavo Fuentes Gajardo, abogado (Santiago de
Chile); Oscar Vivallo Urra, psicólogo y politólogo (Berlin,
Alemania)
(*) Publicado en El Quinto Poder.
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